miércoles, 27 de junio de 2012

miércoles, 13 de julio de 2011

REGISTRO DE TEMPERATURA EN CAMARAS LEY 2011


Instituto Tecnologico:
Pesquero del Peru
1TP
"Año Del Centenario De Machu Picchu Para El Mundo"
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"
COMUNICADO N°053-2011-ITP/SANIPES
REGISTRO CONTINUO DE TEMPERATURA EN CAMARAS DE
ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS PESQUEROS CONGELADOS EN
ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES PESQUEROS
El Instituto Tecnológico Pesquero del Perú, en su condición de Autoridad Competente
del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), hace de conocimiento de los
establecimientos de procesamiento pesquero y acuícola, lo siguiente:
Que a efectos de cumplir con las exigencias reglamentarias establecidas por la UE, se
dispone que las cámaras de almacenamiento de productos pesqueros congelados
deberán contar con dispositivos de registro continuo de temperatura.
Por lo tanto, se otorga un plazo de adecuación de 90 días para cumplir con lo
establecido por la Autoridad Competente.
Callao, 20 de Junio de 2011.
www.it p.go b.p e
uel Gallo eminario
Director (e) - SANIPES
DE
S4Y/0
DIRECTOR
T,P
g Juan Neira G nda
D rector Ejecutivb ITP
PERÚ Ministerio
de la Producción

Carretera a Ventanilla Km. 5.2
Callao, Callao 1, Perú
T: (511) 577-0116, 577-0118

AIRE ACONDICIONADO MODELOS ACTUALIZADOS